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Uso de la fuerza (Perú) (página 2)



Partes: 1, 2

14. Al dispersar reuniones violentas, los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley podrán utilizar armas
de fuego cuando no se puedan utilizar medios menos peligrosos y
únicamente en la mínima medida necesaria. Los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se
abstendrán de emplear las armas de fuego en esos casos,
salvo en las circunstancias previstas en el principio
9.

Vigilancia de personas bajo custodia o detenidas
15. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus
relaciones con las personas bajo custodia o detenidas, no
emplearán la fuerza, salvo cuando sea estrictamente
necesario para mantener la seguridad y el orden en los
establecimientos o cuando corra peligro la integridad
física de las personas.

16. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley,
en sus relaciones con las personas bajo custodia o detenidas, no
emplearán armas de fuego, salvo en defensa propia o en
defensa de terceros cuando haya peligro inminente de muerte o
lesiones graves, o cuando sea estrictamente necesario para
impedir la fuga de una persona sometida a custodia o
detención que presente el peligro a que se refiere el
principio 9.

17. Los principios precedentes se aplicarán sin
perjuicio de los derechos, obligaciones y responsabilidades de
los funcionarios de establecimientos penitenciarios, tal como se
enuncian en las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los
Reclusos, sobre todo las reglas 33, 34 y 54.

Calificaciones, capacitación y
asesoramiento
18. Los gobiernos y los organismos encargados
de hacer cumplir la ley procurarán que todos los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sean
seleccionados mediante procedimientos adecuados, posean aptitudes
éticas, psicológicas y físicas apropiadas
para el ejercicio eficaz de sus funciones y reciban
capacitación profesional continua y completa. Tales
aptitudes para el ejercicio de esas funciones serán objeto
de examen periódico.

19. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer
cumplir la ley procurarán que todos los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley reciban capacitación en
el empleo de la fuerza y sean examinados de conformidad con
normas de evaluación adecuadas. Los funcionarios que deban
portar armas de fuego deben estar autorizados para hacerlo
sólo tras haber finalizado la capacitación
especializada en su empleo.

20. En la capacitación de los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley, los gobiernos y los
organismos correspondientes prestarán especial
atención a las cuestiones de ética policial y
derechos humanos, especialmente en el proceso de
indagación, a los medios que puedan sustituir el empleo de
la fuerza y de armas de fuego, por ejemplo, la solución
pacífica de los conflictos, el estudio del comportamiento
de las multitudes y las técnicas de persuasión,
negociación y mediación, así como a los
medios técnicos, con miras a limitar el empleo de la
fuerza y armas de fuego. Los organismos encargados de hacer
cumplir la ley deben examinar sus programas de
capacitación y procedimientos operativos a la luz de casos
concretos.

21. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer
cumplir la ley proporcionarán orientación a los
funcionarios que intervengan en situaciones en las que se empleen
la fuerza o armas de fuego para sobrellevar las tensiones propias
de esas situaciones.

Procedimientos de presentación de informes y
recursos
22. Los gobiernos y los organismos encargados de
hacer cumplir la ley establecerán procedimientos eficaces
para la presentación de informes y recursos en
relación con todos los casos mencionados en los principios
6 y 11 f). Para los casos con respecto a los cuales se informe de
conformidad con esos principios, los gobiernos y los organismos
encargados de hacer cumplir la ley asegurarán que se
establezca un procedimiento de revisión eficaz y que
autoridades administrativas o judiciales independientes
estén dotadas de competencia en circunstancias apropiadas.
En caso de muerte y lesiones graves u otras consecuencias de
importancia, se enviará rápidamente un informe
detallado a las autoridades competentes para la revisión
administrativa y la supervisión judicial.

23. Las personas afectadas por el empleo de la fuerza y
de armas de fuego o sus representantes legales tendrán
acceso a un proceso independiente, incluido un proceso judicial.
En caso de muerte de esas personas, esta disposición se
aplicará a sus herederos.

24. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer
cumplir la ley adoptarán las medidas necesarias para que
los funcionarios superiores asuman la debida responsabilidad
cuando tengan conocimiento, o debieran haberlo tenido, de que los
funcionarios a sus órdenes recurren, o han recurrido, al
uso ilícito de la fuerza y de armas de fuego, y no adopten
todas las medidas a su disposición para impedir, eliminar
o denunciar ese uso.

25. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer
cumplir la ley adoptarán las medidas necesarias para que
no se imponga ninguna sanción penal o disciplinaria contra
los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que, en
cumplimiento del Código de conducta pertinente y de estos
Principios Básicos, se nieguen a ejecutar una orden de
emplear la fuerza o armas de fuego o denuncien ese empleo por
otros funcionarios.

26. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
no podrán alegar obediencia de órdenes superiores
si tenían conocimiento de que la orden de emplear la
fuerza o armas de fuego, a raíz de la cual se ha
ocasionado la muerte o heridas graves a una persona, era
manifiestamente ilícita y tuvieron una oportunidad
razonable de negarse a cumplirla. De cualquier modo,
también serán responsables los superiores que
dieron las órdenes ilícitas.

INSTRUCCIÓN BASICA DE LOS EFECTIVOS
POLICIALES
La preparación de los efectivos policiales
constituye un proceso permanente de capacitación y
entrenamiento que debe permitirle desempeñarse
adecuadamente ante los diversos requerimientos que el contexto
social presenta durante el cumplimiento de su misión. Los
planes y programas del sistema educativo policial deben
garantizar una alta profesionalización, individual y
colectiva, incidiendo en los aspectos de uso de armas de fuego,
defensa personal, técnica policial y ética; esta
instrucción se debe mantener en los diferentes niveles
educativos, garantizando el sostenimiento de una
evaluación real que permita apreciarla calificación
de la aptitud para cumplir con la función policial. Es
importante que la capacitación y el entrenamiento no sean
sólo un condicionamiento de calificación, pues el
requerimiento de aptitud y competencia son necesidades
básicas para prestar un servicio eficiente y seguro, por
lo tanto debe motivarse que ésta se realice principalmente
por el interés personal de cada efectivo policial y no
como una obligación. ( P B 18, 2 0) La instrucción
debe ser profesional, lógica y realista. Con ella se
adquiere habilidad y destreza, permitiendo que el policía
pueda enfrentar las tareas con menor riesgo para su integridad
física y su vida, asegurándole cumplir con su
función de servir a la comunidad y proteger a las personas
en el marco irrestricto del respeto a los derechos
humanos.

PREPARACION PSICOLOGICA.- La seguridad del
efectivo policial está directamente relacionada con su
preparación o estado mental. Esto le permitirá
visualizar y ensayar sus acciones, de modo que se tenga una
respuesta en razón a la forma de actuar de los presuntos
infractores de la ley. Por estas mismas razones se debe
proporcionar a los efectivos policiales orientación para
que puedan sobrellevar las tensiones propias de situaciones en
las que se empleen la fuerza o las armas ( P B 2 1) Para actuar
en la vida real, usted tiene que entrenar lo máximo
posible. Acuérdese que todas las situaciones son posibles
de ser simuladas con realismo durante los entrenamientos.
Realícelo mentalmente. Si usted no se prepara mentalmente
para las situaciones, o lo que resulte de ellas, muy
probablemente tendrá un desempeño no deseado,
pudiendo incluso quedarse paralizado y ser víctima de los
acontecimientos. Discuta, intercambie ideas, realice simulaciones
sólo o con su equipo, aprovechando reportajes
periodísticos, boletines de ocurrencia, testimonios de sus
compañeros y todo lo que sea necesario.

Contrario a lo que se puede pensar, el condicionamiento
físico y el arma que usted tiene no son lo más
relevante para su seguridad. El principio básico es su
preparación mental que proporciona la base para todas sus
decisiones. Las emociones como la cólera, la ira, la
compasión, el miedo, entre otras, son estados de
ánimo que influyen directamente en el accionar del
efectivo policial; el dominio de estas emociones nos
permitirá mantener un comportamiento adecuado y realizar
las operaciones policiales de manera apropiada, de igual forma el
equilibrio emocional permite mantener la serenidad ante el
peligro y el valor suficiente para enfrentar situaciones de
riesgo, garantizando el éxito de la intervención
policial y haciendo prevalecer el sentido de justicia.

Recuerde que ignorar el peligro no es la mejor manera de
vencerlo .Reconocer una situación de amenaza requiere de
una capacidad de respuesta basada en su carácter y en una
inteligente decisión.

NIVELES DE ALERTA.- Al atender una ocurrencia o
aproximarse a lo que puede ser una situación de crisis,
usted estará en un cierto nivel de alerta, que
dependerá de su capacidad de anticipación al
peligro. Cuanto mejor preparado mentalmente se encuentre, mejor
condición tendrá para operar en el nivel apropiado
de alerta y con la rapidez que la situación exija;
detectar señales de riesgo y amenazas y pasar
rápidamente a un nivel superior de alerta, de acuerdo con
la evolución de la ocurrencia. El estado de alerta puede
ser identificado a través de los siguientes
niveles:

a. Nivel de distracción Se distrae con lo
que está sucediendo a su alrededor, lo que puede ser
ocasionado por el cansancio o la creencia de que no hay
posibilidad de problemas. Su estado mental no está
preparado para un eventual enfrentamiento, aumentando su propia
inseguridad y también la de su equipo durante el servicio
policial.

b. Nivel de atención Es el nivel de alerta
que usted debe tener en todo momento cuando está
patrullando, dando prioridad a la búsqueda de una amenaza
potencial. Con frecuencia los efectivos policiales son lesionados
por algo que no anticiparon, no respondieron ni estaban
mentalmente preparados para enfrentar.

El estado de atención no es una garantía
de protección, pero dará mejores condiciones para
detectar un peligro y también en el caso de pasar a los
estados de reacción.

c. Nivel de seguridad Hay conciencia de la
existencia de un peligro, sin embargo su entrenamiento,
experiencia, educación y buen sentido le permiten efectuar
un planeamiento táctico a seguir, en el que se incluye el
pedido de cobertura de otros efectivos policiales, el uso de
abrigos, la identificación de alguien que pueda
representar una amenaza y el uso de la fuerza si fuese necesario.
El nivel de seguridad disminuye los riesgos de usted y su equipo.
Si son sorprendidos se encontrarán listos para dar las
respuestas que la situación exija.

d. Nivel de reacción Positiva.- El
riesgo es real y la reacción debe ser instantánea.
Debe focalizar la amenaza y tener en mente una acción
necesaria para controlar la intervención verbal, fuerza
física o fuerza potencialmente letal, conforme las
circunstancias exijan. La preparación mental y el
entrenamiento colocan al efectivo policial en condiciones plenas
para realizar su defensa y la de terceros.

Negativa.- Cuando el peligro se mantiene por un
tiempo prolongado o el efectivo policial enfrenta un peligro para
el cual no está preparado, el organismo entra en un
proceso de sobrecarga, por lo tanto no consigue dar respuestas
compatibles y funcionar adecuadamente; podrían producirse
fallas en la percepción de la situación en que se
encuentra. Esto caracteriza al estado de
pánico.

En este estado sus ojos pueden ver la amenaza, pero su
mente no estará preparada para suministrar las respuestas
correctas de reacción, haciendo que el efectivo policial
realice actos impensados como herir, patear, atracar-se
torpemente, disparar agresiva e instintivamente, incluso
voltearse y correr desesperado.

PENSAMIENTO TÁCTICO Está en
relación directa con el estado de alerta del
policía, quien con un buen pensamiento táctico
podrá analizar y controlar la situación al momento
de intervenir; evaluando peligros potenciales, identificando
amenazas y adoptando las medidas necesarias para superarlas, por
lo que se debe delimitar objetivamente las dos áreas
siguientes:

a. Área de seguridad Es el área
donde el policía tiene el dominio de la situación,
luego de una acción de control que le permite minimizar
cualquier riesgo para su integridad física y la de sus
compañeros.

b. Área de riesgo Es aquélla donde
el policía no tiene dominio de la situación, de la
que puede surgir una amenaza que no sea evidente o latente. Toda
área de riesgo ya dominada se convierte en área de
seguridad.

c. Puntos de peligro Son aquéllos de donde
podría provenir una amenaza dentro del área de
riesgo. La identificación de estos puntos depende de las
circunstancias y el entorno, por ejemplo:

Una persona. En cuyo caso se debe
priorizar la atención en las manos.

Una edificación. En cuyo caso se
debe priorizar la atención en las puertas, ventanas y
escaleras.

Calles. En cuyo caso se debe priorizar la
atención en personas, vehículos o
animales.

VERBALIZACIÓN Es el medio más
utilizado en una intervención policial, cuya
característica principal es tratar de imponer el principio
de autoridad, a través del empleo enérgico de la
expresión oral adecuada a cada situación
particular; es importante enfatizar que la verbalización
no es una conversación amical o coloquial, por el
contrario, es una confrontación verbal para persuadir y
convencer al infractor que deponga su ilícita actitud,
sobre todo cuando se le prive de su libertad. Correctamente
utilizada, minimiza los riesgos y maximiza los resultados de la
intervención. Sea firme en sus indicaciones. Una orden
enérgica puede evitar una tragedia y hacer innecesario el
uso de la fuerza física o letal. Si el intervenido sigue
sus órdenes, su integridad, en principio, estará
asegurada y en consecuencia el control se mantendrá sin
necesidad de elevar el nivel de fuerza.

El presunto infractor puede obedecer su orden
inmediatamente, huir o reaccionar de manera violenta ante la
intervención. Cualquiera fuera su reacción, el
momento es tenso, crítico y riesgoso. Al intervenir
verbalmente a una persona en actitud sospechosa, esté
siempre preparado para cualquier eventualidad.

No amenace al intervenido ni le diga algo que no pueda
cumplir, como por ejemplo: "Se lo diré por última
vez…". Si el individuo decide probar su alardeo, usted
perderá la credibilidad. Por otro lado, si el intervenido
obedece, manténgase preparado, no descuide su seguridad,
no se confíe, este puede ser el momento más
peligroso de la intervención.

La posición en la que el policía sostiene
su arma también ayuda en la verbalización. El
policía puede o no apuntar el arma en función de la
percepción del riesgo y la reacción del
intervenido; esto es, de acuerdo a cómo se desarrollen los
hechos, tratando siempre de usar el nivel mínimo de
fuerza, subiéndolo o reduciéndolo gradualmente,
conforme convenga. ( P B 4 , 5a; CC 3) ¡SEA FIRME!
– ¡SEA JUSTO! – ¡SEA CORTÉS!

USO DE LA FUERZA Es necesario, como aspecto prioritario,
tener un concepto claro y objetivo de lo que significa "fuerza".
Suele entenderse como vigor, energía, acción de
contacto físico, entre otros, inclusive la consideramos
como un acto de violencia. Sin embargo, una definición de
fuerza en el accionar policial, debe entenderse como: "El medio
compulsivo a través del cual el efectivo policial logra el
control de una situación que atenta contra la seguridad,
el orden público, la integridad y la vida de las personas
dentro del marco de la ley", aplicándose mediante un acto
discrecional, legal, legítimo y profesional; no obstante,
debemos tomar conciencia que todo empleo excesivo de la fuerza se
convierte en violencia y es visto como un acto arbitrario,
ilegal, ilegítimo y no profesional, con lo cual debe
quedar claro para los efectivos policiales que "FUERZA NO ES
VIOLENCIA".

La facultad de recurrir al empleo de la fuerza en
determinadas circunstancias cuando otros medios resultan
ineficaces ( PB 4 ; C C 3 ) , lleva consigo la gran
responsabilidad de velar para que ésta se ejerza
lícita y eficazmente, ya que su uso excesivo afecta
directamente los derechos humanos. Es esencial, por consiguiente,
adoptar medidas que impidan su uso excesivo o indebido. Esto se
logrará a través de la capacitación del
personal policial en temas referidos a solución pacifica
de conflictos, estudio del comportamiento de multitudes,
así como técnicas de persuasión,
negociación y mediación ( PB 2 0 ). De presentarse
excesos en el uso de la fuerza, se dispondrán las
investigaciones y sanciones correspondientes. ( P B 6 ; 1 1 e ; 2
2 ) PRINCIPIOS DEL USO DE LA FUERZA La Organización
de las Naciones Unidas emitió en su Octavo Congreso sobre
la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente,
celebrado en La Habana (Cuba) en 1990, los "Principios
Básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego
por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley"
(PBEFAF), los cuales deben ser respetados en toda circunstancia,
por lo que no cabe invocar situaciones excepcionales o de
emergencia pública para justificar su quebrantamiento. ( P
B 8; CC 5) Asimismo, es de suma importancia y obligatoriedad que
todas las intervenciones policiales se basen en los principios de
legalidad, necesidad y proporcionalidad, y éstos deben ser
puestos en práctica con un alto grado de racionalidad y
sustentados en una conducta ética. ( P B4 ; 5a ,b ; CC
3).

Legalidad Todos los actos que realiza el efectivo
policial en el cumplimiento de su función, deben estar
amparados en las normas legales (ley, reglamentos, directivas,
entre otras); de igual forma los procedimientos que adopte el
efectivo policial deben ceñirse a todas las disposiciones
legales nacionales e internacionales.

"El uso de la fuerza debe estar dirigido a lograr un
objetivo legal".

Necesidad La intervención policial debe
ser la respuesta a una situación que represente una
amenaza y que requiera de una acción inmediata para evitar
su agravamiento.

"El uso de la fuerza es necesario cuando no existe otra
forma de lograr dicho objetivo legal".

Proporcionalidad Es la equivalencia o
correspondencia entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de
fuerza empleada. En otros términos, es la respuesta del
efectivo policial en relación a la conducta del sujeto,
clase, Magnitud u oposición que éste presente. Es
conveniente mencionar que la Ley Nº 27936 modificó el
artículo 20, numeral 3, literal "b" del Código
Penal en lo referente a la legítima defensa, donde se
excluye el criterio de proporcionalidad de medios como requisito
para valorar la necesidad racional del medio empleado,
considerándose en su lugar, entre otras circunstancias, la
intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de
proceder del agresor y los medios que se disponga para la
defensa.

"El uso de la fuerza es proporcional cuando existe un
equilibrio entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de
fuerza empleada, para alcanzar el objetivo legal
deseado".

USO DIFERENCIADO Y PROGRESIVO DE LA FUERZA El
efectivo policial, al intervenir a personas en el cumplimiento de
su función encontrará como respuesta una serie de
conductas clasificadas en niveles de resistencia, que van desde
riesgo latente hasta agresión letal, ante lo cual el
policía deberá hacer un uso diferenciado y
progresivo de la fuerza. ( P B4; 5a; CC 3).

Niveles de resistencia Pasiva – Riesgo
latente. Es la amenaza permanente no visible presente en toda
intervención policial.

– Cooperador. Acata todas las indicaciones del efectivo
policial, sin resistencia manifiesta durante la
intervención.

– No cooperador. No acata las indicaciones. No reacciona
ni agrede.

Activa – Resistencia física. Se opone a su
reducción, inmovilización y/o conducción,
llegando a un nivel de desafío físico.

– Agresión no letal. Agresión
física al personal policial o personas involucradas en la
intervención, pudiendo utilizar objetos que atenten contra
la integridad física.

– Agresión letal. Acción que pone en
peligro inminente de muerte o lesiones graves al efectivo
policial o a personas involucradas en la
intervención.

Niveles del uso de la fuerza por el efectivo
policial
Responden al nivel de resistencia del intervenido,
variando de acuerdo a las características de cada
intervención, siendo necesario mantener dinamismo en su
acción.

Preventivo – Presencia policial. Es
entendida como demostración de autoridad, por ello el
efectivo policial correctamente uniformado, equipado, en actitud
diligente y alerta, será suficiente para disuadir y
prevenir la comisión de una infracción o un delito.
Debemos tener en cuenta que esa presencia siempre debe ser en lo
posible igual o superior al número de personas a
intervenir.

– Contacto visual. Es el dominio visual sobre una
persona, vehículo, impedir la realización de un
acto ilícito – Verbalización. Es el uso de la
comunicación oral con la energía necesaria y el
empleo de términos adecuados que sean fácilmente
entendidos y comprendidos. Las variaciones en el tono de voz
dependen de la actitud de la persona intervenida. En situaciones
de riesgo es necesario el uso de frases cortas y
enérgicas.

La verbalización debe ser utilizada en todos los
niveles del uso de la fuerza. El entrenamiento y la experiencia
mejoran la capacidad de verbalizar. Durante su empleo debe
mantenerse contacto visual con el intervenido siempre que sea
posible.

Reactivo – Control físico. Es el
empleo de las técnicas policiales que permiten controlar,
reducir, inmovilizar y conducir al intervenido, evitando en lo
posible causar lesiones.

– Tácticas defensivas no letales. En este nivel
recurriremos al equipo con el que contamos, lo que nos
permitirá contrarrestar y/o superar el nivel de
resistencia. Asimismo, con la intención de lograr un
impacto psicológico para que el intervenido desista de su
actitud, habrá situaciones en las que tendremos que
desenfundar nuestra arma de fuego para conseguir este
objetivo.

– Fuerza potencialmente letal. Disparo del arma de
fuego por el policía contra el cuerpo de quien ejerza una
agresión letal, con el objetivo de controlarlo y defender
la vida propia o de otras personas.

Los niveles de resistencia que puede ejercer la persona
intervenida, deben ser entendidos de forma dinámica, ya
que se puede subir gradual o repentinamente del primer nivel
hasta el máximo nivel o viceversa; o presentarse en
cualquier nivel y subir o bajar gradual o
repentinamente.

No siempre se van a dar en una intervención todos
los niveles del uso de la fuerza, toda vez que habrá
oportunidades en que bastará una buena
verbalización para lograr el control de la
situación que se enfrenta, y otras en que hagamos uso
inmediato de la fuerza potencialmente letal.

Por tanto, el policía debe estar concentrado en
observar los cambios de los niveles de resistencia de la persona
intervenida, para decidir qué nivel de uso de la fuerza
debe emplear, el mismo que debe ser progresivo y diferenciado.
Esta decisión se basa en el grado de confianza alcanzado
por una buena formación, permanente capacitación,
entrenamiento, evaluación, experiencia y el equipo
adecuado para cumplir la misión.

En el desarrollo de los niveles del uso de la fuerza,
encontramos las respuestas al ¿cuándo? y al
¿cómo debemos usarla?, concluyendo que el efectivo
policial SIEMPRE HACE USO DE LA FUERZA y debe hacerlo de forma
PROFESIONAL. ( P B 5 a, b, c, d; 6; 8).

MANEJO DE EQUIPO Los efectivos policiales, para
el cumplimiento de su servicio deben contar con un equipamiento
básico, principalmente una vara de goma, esposas, chaleco
balístico, arma de fuego y munición reglamentaria;
pero fundamentalmente es necesario que conozcan su uso y manejo,
así como la ubicación de los mismos al portarlos,
de tal manera que al momento de actuar lo pueda utilizar sin
perder de vista el riesgo que enfrenta. Esto se logrará, a
través de un permanente entrenamiento. ( P B 19) No
podemos dejar de mencionar que hay Unidades Policiales que, por
la naturaleza de su función, deben contar también
con equipamiento especial, tales como: casco protector,
máscara antigás, protectores corporales, escudos,
escopetas lanza gas, etc. ( P B 2) VARA DE GOMA El uso de
la vara de goma utilizada por el personal entrenado es una
excelente arma defensiva, que permite establecer un espacio de
seguridad mayor al de la protección alcanzada con brazos y
pies; para lograr ello debe emplearse adecuadamente, nunca debe
utilizarse como elemento de castigo ni como arma ofensiva o de
intimidación, buscando reducir al mínimo las
lesiones. Sin embargo, de presentarse alguna situación
involuntaria, deberá permitirse la asistencia
médica. ( P B 4 ; 5b , c; CC 6) Descripción
La vara de goma es parte del equipo básico empleado por
los miembros de la Policía Nacional del Perú.
Está hecha de goma, revestida de cuero, de unos 3 cm de
diámetro y aproximadamente 50 cm de largo; el
revestimiento de cuero tiene un doblez que sirve como costura,
desde la punta hasta la base de unión en la parte
posterior, que es rematado en un anillo de cuero de
aproximadamente 4 cm de diámetro, el cual a la vez sirve
de tope al empuñarla. A unos 15 cm aproximadamente del
extremo superior de la vara, se encuentran cuatro remaches que
sujetan una presilla de cuero, la cual sirve para pasar la mano
debiendo ser regulada de acuerdo a la necesidad de cada efectivo
policial.

Empuñamiento – Se pasa por encima
del pulgar, a través del dorso de la mano con la vara
colgando hacia abajo. Para adaptar la presilla de cuero a la mano
de cada policía, es necesario medir la extensión de
la misma y anudarla en la parte superior de acuerdo a la
dimensión requerida, como a continuación se
detalla:

– Con el pasador sobre el pulgar y sobre la parte
exterior de la mano, con la vara colgando libremente hacia abajo,
se voltea la mano por debajo y se le cierra para sujetar la
vara.

– El pulgar debe extenderse paralelo a la vara,
esto es de mucha importancia porque permite mayor facilidad de
acción y mejor dirección en su uso cuando se
extiende el brazo.

– Esta forma de empuñar la vara permite
utilizarla con mayor energía y sobre todo, facilita su
soltura inmediata si fuera necesario.

Es importante asegurarse que el doblez de la costura del
forro de cuero quede siempre hacia la palma de la mano, evitando
así lesiones innecesarias.

El empuñamiento puede ser de dos formas:
– Toma corta: se sujeta la vara por su parte media, siempre
con el doblez de cosido hacia la palma de la mano y el pulgar
extendido a lo largo de ésta, permitiendo mayor control de
la vara sobre todo en situaciones en que se enfrente a personas
demasiado cercanas, con poco espacio para utilizarla en
extensión del brazo.

– Toma larga: se sujeta la vara lo más
cerca del extremo superior donde está el revestimiento
final del cuero en mayor diámetro. La posición de
la mano que sujeta la vara no varía.

Posiciones – Preventiva: en toma larga, la
otra mano sujeta la vara a unos 10 cm de la punta, ésta
debe encontrarse a la altura del bajo abdomen con los brazos
relajados pegados ligeramente al cuerpo.

– Defensiva: en toma larga, se coloca el brazo que
sujeta la vara pegado al cuerpo flexionado hacia arriba,
descansando la vara entre el cuello y el hombro; brazo, antebrazo
y vara deben encontrarse lo más cerca del cuerpo; brazo
contrario totalmente estirado con la palma dando frente a la
amenaza, los dedos juntos y hacia arriba, el cuerpo ligeramente
inclinado, la pierna contraria a la mano que empuña la
vara debe encontrarse hacia adelante con las puntas de los pies
en la misma dirección que la mano que se encuentra
extendida, ambas piernas ligeramente flexionadas.

Técnicas de uso Partiendo de la
posición preventiva:

– Se puede empujar haciendo retroceder a un
tumulto de gente o manteniéndola alzada para evitar que se
acerque un grupo que no se muestre agresivo.

– En toma corta, con la punta de la vara
"hincando" en el abdomen, permitiendo así alejar a las
personas que obstaculicen el desplazamiento o intenten ingresar a
una zona restringida.

Partiendo de la posición defensiva:

– Si la agresión fuera decidida e
inevitable, se advierte al agresor la intención de
utilizar la vara, retrocediendo dos pasos.

– Si mantiene esta actitud, se avanza con la
pierna del mismo lado de la mano que empuña la vara,
efectuando dos golpes de manera cruzada, de arriba hacia abajo,
de afuera hacia adentro.

– Se debe golpear sobre las partes de mayor
volumen muscular (piernas, glúteos, brazos), evitar los
golpes en la cabeza, cuello o tórax.

– Al ceder en su actitud, se debe evitar el uso
nuevamente de la vara; recuerde que se está disuadiendo al
ciudadano de atacar al policía, no se le está
agrediendo ni mucho menos atacando para dominarlo.

En todo momento es importante verbalizar para controlar
la situación, se debe buscar la persuasión antes de
pasar al control físico. Empuñamiento adecuado de
la vara de goma.

LAS ESPOSAS

Las esposas, grilletes o "marrocas", constituyen un
elemento muy útil e imprescindible del equipo
básico del policía, pues no sólo permite
neutralizar la acción agresiva del delincuente o infractor
de la ley, sino también la sujeción
momentánea de éstos, para su aseguramiento o
traslado ante la autoridad competente.

Son medios técnicos no violentos que limitan el
uso de la fuerza y el empleo de las armas de fuego (P B 4), por
lo que:

– Neutralizan el accionar violento del intervenido
y evitan que éste se autolesione – Reducen las
posibilidades del intervenido de agredir al efectivo policial,
garantizando su integridad física y la de sus
compañeros.

– Reducen las posibilidades del intervenido de
agredir a terceras personas.

– Por el material empleado en su
fabricación, el uso de las esposas puede originar
lesiones; por ello el efectivo policial deberá posibilitar
la atención médica necesaria en caso que estas
lesiones se hayan producido. (P B 5c; CC 6).

Descripción

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Técnicas de uso Directa – El
intervenido debe encontrarse de espaldas al efectivo policial
interviniente, se le debe indicar que coloque las manos juntas en
la parte posterior de la cintura, con las palmas hacia los
costados y los pulgares hacia arriba.

– Los grilletes se sujetan con la mano fuerte,
quedando la cadena y los eslabones fijos dentro de la palma; las
anillas simples hacia abajo, y las cerraduras hacia el lado del
efectivo policial.

– El policía sujeta los pulgares del
intervenido llevándolos hacia sí, alejando la
unión de las manos de la espalda del intervenido para que
permita el ingreso de los grilletes, empujando éstos sobre
las muñecas en un solo movimiento de arriba hacia abajo;
luego se colocan los seguros.

Indirecta – Se cogen las esposas con la
mano fuerte por el medio de éstas, el dedo índice y
pulgar sujetan la esposa, presionando la anilla simple sobre la
muñeca hasta lograr el esposamiento.

– Se hace girar el brazo esposado
llevándolo hacia la parte posterior de la cintura,
mediante la toma del grillete con el pulgar e índice hacia
el lado opuesto de la toma inicial.

– Con la otra mano se sujetan los dedos de la mano
libre del intervenido, llevándola hacia atrás junto
a la otra para colocarle la esposa y los seguros. La mano fuerte
sujeta firmemente los grilletes. Se aleja las manos del
intervenido de su cuerpo para facilitar el empleo de los
grilletes.

Recomendaciones Toda persona que presumiblemente
haya cometido un delito, deberá ser esposada para su
inmovilización, registro, conducción y traslado
ante la autoridad competente.

También deberán ser esposados los
intervenidos que se encuentren bajo el influjo de drogas, alcohol
o cualquier estado emocional alterado que represente peligrosidad
para sí mismo o para otros. Una vez colocadas las esposas,
no se usará con el intervenido ningún otro medio de
coerción ni fuerza física alguna que atente contra
su integridad física o dignidad. (PB 15). Las
esposas se manipularán exclusivamente para su
colocación, nunca como medio de intimidación o
humillación. Antes de utilizar las esposas, es
recomendable que la parte dentada de éstas tenga de 3 a 4
dientes sobresalidos para facilitar el enganche o cierre. El
grillete debe ser colocado presionando y no golpeando el brazo
del intervenido. Colocado el grillete el giro del brazo es firme,
sin soltar las manos del intervenido.

Se debe mantener los dedos de la mano libre sujetos
hasta colocarle la esposa. La conducción de un sospechoso
arrestado debe ser siempre segura.

Monografias.comLos
grilletes listos facilitan su uso.

Monografias.com

ARMA DE FUEGO Las armas de fuego y municiones de
uso reglamentario en el servicio policial son: revolver calibre
38" de bala de plomo únicamente, y pistolas de calibre 9
mm de proyectil encamicetado. Asimismo, las armas de largo
alcance utilizadas son las que emplean munición de calibre
5.56×31, 7.62×39 y 7.62×51. (PB 11a) Sólo se
emplearán para el servicio policial las armas
autorizadas.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL USO DEL ARMA DE
FUEGO Objetivo del disparo
Cuando el policía dispara
su arma, no lo hace para asustar, herir o desarmar.

El disparo puede resultar letal, pues lo hace para
interrumpir la agresión o amenaza que atente contra su
vida o de la otra persona. El objetivo es lograr que el agresor
cese su ataque ilegal de manera inmediata.

Para utilizar adecuadamente un arma de fuego, con
seguridad y precisión, los efectivos policiales deben
estar familiarizados con las normas de seguridad, fundamentos y
posiciones básicas, practicar los aspectos fundamentales
de tiro y los ejercicios que mejoren su manejo; las directivas
institucionales específicas establecen el control de su
tenencia y afectación. (PB 11a, 19) Normas de
seguridad
Como una cuestión previa, es importante que
el efectivo policial conozca sus destrezas y habilidades, como
son:

– Mano fuerte, mano débil Se entiende como
mano fuerte la de mayor dominio o habilidad, y la débil la
otra.

– Ojo dominante.- Es aquel que trasmite mayor
imagen al cerebro, aun cuando se mantenga los dos ojos abiertos.
La manera práctica de reconocerlo es fijando la vista a un
punto a través del dedo pulgar estirado, cerrando
alternadamente los ojos; el ojo dominante será aquel que
permita visualizar el pulgar y el punto en una sola
línea.

Otro aspecto importante son las disposiciones vigentes
relativas al uso y empleo de las armas de fuego en la
Policía Nacional, (PB 11a, b, c) siendo necesario
resaltar lo siguiente:

– Internamiento – almacenamiento Con la finalidad
de evitar incidentes de tiro, el efectivo policial
entregará y recibirá las armas de fuego
desabastecidas, tanto para el caso de las pistolas con el cerrojo
abierto o la corredera hacia atrás -lo que permite
apreciar la recámara vacía- como para los
revólveres con el tambor abierto.

– Aprestamiento para el servicio Al momento de
recibir el arma, el efectivo policial deberá efectuar un
control físico-visual de la recámara o tambor, para
asegurarse de que se encuentre desabastecida.

– Cargar y descargar Este procedimiento
deberá realizarse sujetando el arma con la mano fuerte y
las acciones complementarias con la mano débil (abastecer,
desabastecer, cargar, etc.); teniendo presente que deberá
efectuarse en un lugar seguro, que no represente riesgo alguno
para el efectivo o terceros. "Es importante recordar que el
seguro de un arma está en la mente y en el dedo
índice de quien la usa".

FUNDAMENTOS BÁSICOS DE TIRO
Empuñamiento Es la forma en que se sujeta el arma.
La mano fuerte forma una "V" con el pulgar y el índice, la
empuñadura del arma descansa en la palma de la mano con la
"V" colocada lo más alto posible en la espiga (base alta
de la empuñadura de la pistola o
revólver).

– El dedo índice descansa a lo largo del
armazón, por encima del guardamonte y por debajo de la
corredera (conjunto móvil o tambor).

– Los tres dedos restantes de la mano fuerte
rodean firmemente la empuñadura.

– El pulgar de la mano fuerte yace a lo largo del
armazón por encima de la empuñadura y por debajo de
la corredera.

– La mano débil envuelve con firmeza los
dedos de la mano fuerte, paralelamente a tierra. El pulgar de la
mano débil descansa paralelamente y por debajo del pulgar
de la mano fuerte, con la base del pulgar (palma) firmemente en
contacto con la empuñadura.

Posición del cuerpo El cuerpo debe
estar en una posición adecuada (para todas las posiciones)
que permita estar equilibrado y con soporte necesario para que el
disparo no interrumpa la continuidad de la
acción.

Alineación de las miras Es la
proyección visual de la mira frontal (guión) y la
mira posterior (alza).

Imagen de tiro Es la proyección
visual entre la alineación de miras y el
blanco.

Respiración El control de la
inspiración-expiración es fundamental, se debe
evitar la fatiga o los disparos cuando no se tenga control sobre
ella.

Control del gatillo Es importante el
contacto suave y en progresión leve de fuerza para
efectuar el disparo con una proyección de adelante hacia
atrás, en forma recta, evitando así que se jale el
arma hacia los lados por la mala presión del dedo sobre el
disparador. Es recomendable hacerlo con la primera
falange.

Continuidad en el disparo (seguimiento)
Efectuado el disparo, si se tiene una posición adecuada y
un empuñamiento correcto se debe mantener la imagen de
tiro que permita asegurar los impactos, evitando movimientos
bruscos del arma.

Posiciones de tiro La posición
ideal para disparar no existe, pues en una situación real
deberá acondicionarse al terreno, a la situación
particular o a las características especiales de la
intervención: proximidad del riesgo, elemento contra el
que se dispara, obstáculos, luminosidad, etc.

Sin embargo, para asegurar el disparo de pie, puede
adoptarse la siguiente posición:

– Los pies deben estar separados a la distancia de
los hombros aproximadamente, las puntas orientadas hacia el
blanco y uno más adelantado que el otro.

– Las rodillas deben estar ligeramente
flexionadas, pero sin agacharse.

– El peso se distribuye equitativamente
equilibrándolo sobre ambos pies, éstos deben estar
colocados de plano contra el suelo.

– El dorso ligeramente inclinado hacia delante
(esta inclinación es necesaria para controlar el retroceso
propio del disparo, reduciendo el tiempo de recuperación
para continuar con los mismos).

– Ambos brazos extendidos hacia el blanco, bien
rectos o ligeramente doblados en los codos, con las manos
adoptando una empuñadura normal.

– La mano débil aplica presión hacia
atrás sobre la mano fuerte, esta presión debe ser
controlada para evitar los naturales temblores de una excesiva
presión o el movimiento por su ausencia. La cabeza debe
estar recta dando frente al blanco, no inclinada hacia delante ni
desviada hacia los lados, lo que permitirá una
visión completa y despejada.

– Ambos ojos deben permanecer abiertos, en la
medida de lo posible; si no se acostumbra a hacer imagen de tiro
adecuadamente, utilice un ojo por periodos cortos, sólo
para efectuar la imagen de tiro, abriéndolos al terminar
el disparo.

POSICIONES BÁSICAS
Posición de entrevista Adoptando una
posición normal, es aquella en la que el efectivo policial
se encuentra con el arma enfundada, manteniendo las manos en
forma pasiva y no amenazadora en frente del abdomen, lo que le
permitirá acceder rápidamente al equipamiento que
porta.

Posición de contacto
(posición 1) La mano débil sobre la hebilla del
correaje o ligeramente por encima de ella.

La mano fuerte en la empuñadura de la pistola, el
pulgar abre el botón del seguro de la funda, el
índice extendido a lo largo de la parte exterior de la
funda, los dedos restantes alrededor de la empuñadura de
la pistola o revólver.

Posición preventiva
(posición 2) La mano fuerte desenfunda el arma
empuñándola correctamente y llevándola a la
altura del abdomen; pudiendo adoptar la posición expuesta
o cubierta, dependiendo de la evaluación del riesgo
existente.

Posición de alerta (posición
3) Ante la inminencia de una amenaza, pero desconociendo su
proximidad, se adopta la siguiente posición:
Posición de entrevista. Expuesto. Posición
alerta.

Posición de contacto. Cubierto. Posición
de potencial de disparo. Se desenfunda el arma llevándola
a la altura del pecho, debiendo ésta permanecer lo
más cerca del cuerpo, con la boca del cañón
ligeramente hacia abajo, listo para alinear con la vista y
efectuar disparos; su presentación (imagen de tiro) no
debe durar más que fracciones de segundo.

Posición de potencial disparo
(posición 4) Se desenfunda el arma extendiendo los brazos
hacia el objetivo, apuntando directamente al centro de la masa
corporal. La evaluación de la amenaza a la vida o a la
integridad determinará si existe la necesidad de
disparar.

Después de disparar, el efectivo policial
deberá verificar que no existan otras amenazas, y
adoptará la posición de alerta (3), evaluando su
zona de responsabilidad ante posibles amenazas adicionales. La
posición que debe adoptar el efectivo policial responde a
la evolución del riesgo que se enfrente, no necesariamente
debe seguir la secuencia descrita.

Asimismo, el arma nunca se enfunda sin hacer una
verificación primero en la posición preventiva, con
la finalidad de comprobar que el arma esté asegurada
(puede ser al seguro o despejando munición de la
recámara); esto también refuerza la
evaluación de la situación que se enfrenta antes de
enfundar definitivamente el arma.

No basta que el policía sepa disparar, sino
también tiene que saber cuándo y cómo
hacerlo, porque muchas veces son los procedimientos policiales
correctos y no los disparos los que preservan la vida y
solucionan los problemas.

PROCEDIMIENTOS PARA EL EMPLEO DEL ARMA DE FUEGO
El efectivo policial, antes de disparar su arma de fuego,
seguirá el siguiente procedimiento:

(1) Identificarse plenamente como policía aun
cuando esté uniformado.

¡ALTO POLICÍA! o ¡ES LA
POLICÍA! (2) Dar al presunto infractor una clara
advertencia de su intención de disparar su arma de fuego,
dándole tiempo suficiente para que lo entienda y tome una
decisión.

¡ARROJE ELARMA! o ¡SUELTE ELARMA! ¡NO
SE MUEVA! o ¡NO INTENTE REACCIONAR, ESTAMOS ARMADOS PODEMOS
DISPARAR! Estos procedimientos no se ejecutarán, si su
práctica creara un riesgo de muerte o lesiones graves para
los efectivos policiales u otras personas, o la advertencia
resultara evidentemente inadecuada o inútil, dadas las
circunstancias del caso. (PB 10; 11b,e) El uso del arma de
fuego contra las personas es excepcional. Sólo
podrá utilizarse cuando sea estrictamente inevitable para
proteger una vida (PB 9; CC 3), en los siguientes
casos:

• En defensa propia o de otras personas en caso de
peligro inminente de muerte o lesiones graves; o • Con el
propósito de evitar la comisión de un delito
particularmente grave que entrañe una seria amenaza para
la vida; o • Cuando en una situación de fuga o
resistencia a la autoridad, se pone en peligro inminente de
muerte o lesiones graves a los efectivos policiales u otras
personas.

Sin embargo, si las circunstancias que enfrenta el
efectivo policial así lo permiten, éste
deberá priorizar el disparo selectivo en determinada zona
del cuerpo, con la finalidad de reducir al mínimo las
lesiones y sin poner en riesgo su seguridad, teniendo en cuenta
la intensidad y peligrosidad de la agresión, así
como el objetivo legítimo que se persigue. (PB 5 a,b;
11b)
Cuando se hayan producido heridos como consecuencia del
disparo de armas de fuego, se procederá al auxilio
inmediato y, de ser necesario, a la evacuación para la
asistencia por personal de salud. (PB 5c) El efectivo
policial o la unidad a la que pertenece, deberá hacer todo
lo posible para identificar, ubicar y notificar lo sucedido a los
familiares de los heridos, a la menor brevedad. (PB 5d) El
efectivo policial que hace uso del arma de fuego contra personas,
deberá comunicarse verbal e inmediatamente con sus
superiores, y luego mediante el "parte de ocurrencia", en el que
detallará los motivos de su intervención, uso del
arma de fuego y sus consecuencias, así como las medidas
adoptadas con posterioridad a su empleo. (PB 5c,d; 6; 22)
Los policías no podrán alegar obediencia a
órdenes superiores si tenían conocimiento de que
éstas eran manifiestamente ilícitas; en caso se
haya ejecutado, también serán responsables los
superiores que dieron dichas órdenes. Estos últimos
tendrán responsabilidad además, cuando conozcan
–debiendo haber conocido- el uso ilícito de la
fuerza o armas de fuego por los policías a sus
órdenes, sin adoptar las medidas necesarias para impedir,
eliminar o denunciarlo. (PB 26; 24) Los efectivos
policiales no serán objeto de ninguna sanción penal
o administrativo disciplinario, cuando en cumplimiento del
Código de Conducta y los Principios Básicos sobre
el empleo de la fuerza y de las armas de fuego, se nieguen a
ejecutar una orden ilegal de empleo de la fuerza o armas de
fuego, o denuncien ese empleo ilegal por otros policías.
(PB 25; CC 8).

TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN POLICIAL
Las técnicas básicas sugeridas en este
capítulo deberán ser empleadas exclusivamente para
neutralizar o minimizar toda posibilidad de riesgo que atente
contra la integridad de los participantes en la
intervención policial (público o víctima,
policía e inclusive el infractor).

Para tal efecto, es necesario que el policía
esté preparado profesionalmente y motivado para el
desarrollo adecuado de actitudes, habilidades, confianza,
espíritu de equipo positivo, liderazgo eficaz y la
ejecución de tácticas operacionales; aspectos que
deben formar parte de su instrucción y
entrenamiento.

Con el uso correcto de las tácticas y
técnicas adecuadas, el efectivo policial podrá
minimizar los factores adversos y obtener grandes ventajas,
previniendo así agresiones y estableciendo
perímetros de seguridad, proyectando el procedimiento
policial a emplear en base a la apreciación inicial del
riesgo o la amenaza, lo que disminuye la posibilidad de ser
sorprendido por el o los intervenidos.

Los efectivos policiales deben trazar siempre una
línea imaginaria que divida el área de la
intervención, estableciendo el área de seguridad
(dominada por ellos) y el área de riesgo (no controlada
por ellos), en donde se presuma o se tenga la certeza de la
presencia del intervenido o presunto infractor.

Los procedimientos de la intervención policial
propiamente dicha (identificación, reducción,
inmovilización y registro) deberán efectuarse
siempre en la zona de seguridad. El efectivo policial
jamás ingresará al área de riesgo, si es que
ésta no ha sido debidamente controlada.

El policía debe saber que el armamento y equipo
afectado para el servicio, debe ser utilizado en defensa y
protección de las personas y la sociedad,
empleándolos solamente ante una acción violenta de
parte de los infractores o intervenidos y no como una
demostración de fuerza excesiva en su intervención;
para ello debe establecer necesariamente prioridades de seguridad
en cuanto a la protección de la integridad física y
la vida, teniendo como prioridad a la víctima o
público, la seguridad del propio efectivo policial, la de
sus compañeros, e inclusive la del propio infractor.
(PB 4; 5; 9) Se debe tener siempre presente que no existen
dos intervenciones iguales, por lo tanto, se hace imposible
diseñar una "situación modelo" para cada una de
ellas; sin embargo, los principios básicos que deben regir
a éstas hacen posible su adaptación a cada
situación particular.

TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN Toda
intervención policial, por lo general, debe ser efectuada
como mínimo por dos efectivos policiales, debiendo ser
planificada apenas se tenga conocimiento de ella (no
necesariamente en un documento), definiendo los roles que le
corresponda cumplir a cada efectivo policial. P1 será el
que se encargue de efectuar el contacto con la persona a
intervenir; P2 prestará la seguridad
respectiva.

En caso que la intervención sea ejecutada por dos
efectivos a pie, éstos deben formar en lo posible un cono
de seguridad, en cuya base deben ubicarse los policías
interventores, y en el vértice o punto medio proyectado
del cono el presunto infractor.

Aspectos importantes a tener en cuenta:
Actitud de la persona a ser intervenida El efectivo
policial debe tener en cuenta el comportamiento de la persona a
intervenir, que puede ser de colaboración, resistencia
pasiva o activa, llegando inclusive a la agresión
letal.

Percepción del riesgo Este aspecto
va más allá de la persona a intervenir. Se debe
considerar las características del lugar de la
intervención (ubicación, estructuras desconocidas,
callejones, edificaciones, iluminación, entre otros) que
puedan representar un riesgo para la integridad del efectivo
policial o de terceros, así como el posible apoyo de otras
personas al infractor. El efectivo policial deberá valerse
de barreras naturales o artificiales que le brinden verdadero
abrigo.

Nivel de fuerza a emplear Luego de una
apreciación de la situación y las circunstancias
que se presentan en la intervención, el efectivo policial
empleará la fuerza, de acuerdo al nivel de resistencia de
la persona a intervenir.

INTERVENCIÓN A PERSONAS EN LA VÍA POR
EFECTIVOS POLICIALES A PIE.
Se han considerado dos
situaciones que se presentan en forma cotidiana en el servicio
policial: la primera, con fines de identificación, y la
segunda, cuando se trate de un presunto infractor. Sin embargo,
una no es excluyente de la otra.

INTERVENCIÓN CON FINES DE
IDENTIFICACIÓN
Es conveniente tener en
consideración los siguientes aspectos:

– Formar el cono de seguridad, tomando una
distancia aproximada de dos brazos extendidos, que impida al
intervenido atentar contra la integridad física del o los
efectivos policiales; de existir una pared (inmueble), el
efectivo que da la seguridad debe ubicarse de espaldas a
ésta.

– Individualizar claramente a la persona a
intervenir (vestimenta, características físicas,
sexo, etc.) – Identificarse (grado, apellidos y unidad en
la que presta servicio), haciéndole conocer el motivo de
la intervención.

– Solicitarle sus documentos de
identificación personal, permaneciendo siempre en una
actitud vigilante, sin descuidar el contacto visual.

– Recibir los documentos con la mano que no porte
el arma de fuego; esto para permitir que ante una eventual
reacción pueda usarla con libertad de
acción.

– Al verificar los documentos, hacerlo en una
posición tal que no obstaculice el dominio visual,
principalmente de las manos del intervenido.

– Efectuar preguntas relacionadas a los datos
consignados en el documento de identidad con la finalidad de
contrastarlos, o formular preguntas modificando algunos datos que
permitan establecer la titularidad de los mismos; por ejemplo,
mencionarle como su segundo nombre uno que no le
corresponde.

– Culminada la intervención sin novedad, el
policía de contacto (P1) agradecerá su
colaboración, desplazándose luego hacia la
ubicación del policía de seguridad (P2), para que
el ciudadano reinicie su camino acompañándolo con
la mirada hasta cierta distancia.

INTERVENCIÓN A UN PRESUNTO INFRACTOR Estas
intervenciones son las que representan un mayor nivel de riesgo
para los efectivos policiales; pueden presentarse durante el
patrullaje o a mérito de una comunicación radial o
telefónica de la unidad policial. En ese sentido, es de
suma importancia que la información que recaben los
efectivos que van a intervenir sea detallada con la finalidad de
tomar conocimiento de la situación.

Esta intervención se debe iniciar con la
verbalización, teniendo en cuenta los siguientes
pasos:

– El policía debe identificarse como tal
expresando en voz alta: !ALTO POLICÍA! – ! Levante
las manos, míreme ! – Hacerle saber el motivo de la
intervención, por ejemplo: "Es usted sospechoso de….." o
"ha cometido el delito de…….." – Indicarle que se le va
a identificar y registrar, para que pueda colaborar con la
intervención. De ser necesario, ordenar que adopte una
posición apropiada para la inmovilización temporal
(colocándole las esposas) y realizar el registro
preliminar. Para ello se deben utilizar términos que sean
fáciles de entender, como:

• ¡PONGA LAS MANOS SOBRE LA CABEZA! Despacio,
despacio, tranquilo.

• ¡ENTRELACE SUS DEDOS! (o ¡CRUCE LOS
DEDOS SOBRE LA CABEZA!).

• ¡GIRE! (o ¡DESE VUELTA, DE ESPALDAS A
MÍ!).

• ¡MANTENGA LA CALMA! Este es un
procedimiento de rutina, en la medida que usted colabore,
estaremos realizándola más rápido y de
manera segura, no ofrezca resistencia.

• ¡ES LA POLICÍA! •
¡PÉGUESE A LA PARED! ó •
¡ARRODÍLLESE! (o ¡TIÉNDASE EN EL
SUELO!).

Tenga especial cuidado de mantener control sobre las
manos, piense que desde allí es más probable que
pueda partir una agresión. No permita que mueva las manos
ni desvíe la mirada sin su autorización. Procure
que el infractor mantenga las manos lo más lejos posible
del cuerpo o de un posible lugar donde pueda tener oculta un
arma.

Las indicaciones impartidas por el efectivo policial al
presunto infractor deben ser simples, concisas y objetivas,
trasmitidas con claridad y dejando que transcurra un tiempo
prudencial para que el infractor oiga, entienda y cumpla. Una
acción que ayudará a minimizar los riesgos es
efectuar un registro visual del intervenido. Ello nos
permitirá ubicar cualquier tipo de amenaza (arma u
objeto). Esta acción se efectúa en el momento que
el intervenido se encuentra frente al efectivo policial que
realiza el contacto verbal, desde la línea imaginaria que
divide el área de seguridad y la de riesgo.

Controlada la situación, el efectivo policial
deberá identificarse señalando su grado, apellidos
y unidad a la que pertenece, así como los derechos que
asisten al intervenido y los procedimientos a realizarse con
motivo de su detención, por ejemplo: "Usted va a ser
conducido a (dependencia policial), desde donde podrá
comunicarse con un familiar y solicitar la presencia de un
abogado".

Para efectuar el arresto, el efectivo policial puede
utilizar básicamente tres posiciones:

De pie: – Esta posición es
recomendable cuando en el lugar de la intervención exista
un muro, pared, etc., donde el infractor se pueda
apoyar.

– Efectuado el contacto visual e iniciada la
verbalización, se ubica al intervenido frente a los
policías, a una distancia prudencial que les permita
formar el cono de seguridad y dominar la situación,
indicándole que levante los brazos, con las manos
totalmente alejadas una de otra y los dedos separados.

– Hacerlo girar lentamente hasta dar frente a la
pared.

– Indicar al infractor que avance hacia la pared,
pegando el cuerpo a ésta, bajando los brazos hasta la
altura de los hombros en forma paralela al piso, girando las
palmas de las manos hacia los policías, manteniendo los
pies juntos por los talones, separando las puntas hasta que
éstos estén lo más pegados a la pared,
logrando así disminuir su resistencia.

– Una vez que el infractor está en esa
posición, el efectivo policial se desplaza en forma
paralela a la pared en línea perpendicular a su
compañero, desarrollando una abertura del cono
(ubicación en L invertida), que le permita mejorar el
contacto visual con el intervenido, por lo que el efectivo
policial de contacto deberá indicarle que gire la cabeza
en esa dirección.

– El efectivo policial de seguridad en esta
posición debe verbalizar para recabar información y
no permitir que el intervenido se concentre en planificar una
respuesta violenta contra la acción del policía de
contacto.

– El efectivo policial de contacto después
de enfundar su arma, toma sus grilletes y se desplaza hacia el
infractor, colocándose de costado, de tal manera que su
arma quede del lado opuesto al infractor.

– En forma simultánea, coloca el antebrazo
contrario a su mano fuerte, ubicando el codo y puño sobre
la espalda de éste a la altura de los omóplatos,
ejerciendo una ligera presión, al mismo tiempo debe
presionar con la parte externa del pie, contrario al lado que se
lleva el arma, ambos talones del infractor, procediendo a
colocarle los grilletes.

– Luego de colocarle los grilletes (ver
acápite Técnicas de esposamiento), se procede a
efectuar un registro minucioso del infractor de arriba hacia
abajo y de derecha a izquierda o viceversa.

– La conducción del infractor se puede
efectuar cogiéndolo del brazo derecho (siempre contrario
al lado donde se lleva el arma) por encima del codo, ejerciendo
si fuera necesaria una ligera presión; o de ambos brazos
cuando sean dos policías los que lo conducen,
indicándole la dirección que se va a tomar.
Asimismo, por ningún motivo el policía
sujetará los grilletes para conducir al
intervenido.

De rodillas: – Es recomendable emplear esta
técnica cuando el infractor se encuentra en un ambiente
abierto.

– Efectuado el contacto visual e iniciada la
verbalización, se ordenará al intervenido colocarse
frente a los policías, a una distancia que permita dominar
la situación, formando el cono de seguridad; se le indica
que levante los brazos, con las manos totalmente alejadas una de
otra y los dedos separados.

– Que gire lentamente hasta quedar de espaldas a
los efectivos policiales.

– Que el infractor se arrodille, manteniendo los
brazos levantados.

– Una vez arrodillado, ordenarle entrelazar los
dedos de una mano con la otra y que las coloque sobre (encima de)
la cabeza; luego que cruce una pierna sobre la otra, siempre y
cuando su contextura física lo permita, caso contrario que
junte los pies principalmente las puntas y hacerlas
estirar.

– Una vez que el infractor está en esa
posición, el efectivo policial de seguridad se
colocará perpendicularmente a la línea formada por
los hombros del intervenido y su compañero, desarrollando
una abertura del cono (ubicación en "L" invertida), que le
permita mejorar el contacto visual con el intervenido, por lo que
el efectivo policial de contacto deberá indicarle que gire
la cabeza en esa dirección.

– El efectivo policial de seguridad en esta
posición debe verbalizar para recabar información y
no permitir que el intervenido se concentre en planificar una
respuesta violenta contra la acción del efectivo policial
de contacto.

– El efectivo policial de contacto después
de enfundar su arma, cogerá sus grilletes y se
aproximará al infractor, adoptando una posición
diagonal, permitiendo que el lado donde lleva su arma no
esté al alcance del infractor.

– Tomar los dedos medio y anular de la mano
izquierda del intervenido (esto puede variar por la forma en que
las haya entrelazado el infractor), juntándolos levemente
y ejerciendo una presión sobre la cabeza para impedir que
se suelte.

– Al mismo tiempo se coloca el pie izquierdo entre
los pies del infractor, en el caso de estar cruzados; asimismo se
ejerce presión sobre las puntas de los pies en caso de
estar estirados, con lo cual minimizará la posibilidad de
reacción, procediendo a colocarle las esposas.

– Luego se procede a efectuar un registro
minucioso del infractor.

Posteriormente, se le ayudará a levantarse
tomándolo por los codos.

– La conducción del infractor se
hará bajo las recomendaciones hechas en el párrafo
de intervención de pie.

Tendido o echado: – Esta posición es
la más segura, representa menos riesgo o posibilidad de
reacción del infractor. Es la más recomendable
cuando exista más de un intervenido.

– Utilizando la verbalización se
ordenará al intervenido ubicarse frente a los efectivos
policiales, a una distancia que les permita dominar la
situación y formar el cono de seguridad,
indicándole que levante los brazos, con las manos
totalmente alejadas una de otra y los dedos separados.

– Que gire lentamente hasta quedar de espaldas a
los efectivos policiales.

– Que se arrodille, manteniendo los brazos
estirados, para luego tenderse de cubito ventral,
apoyándose en sus manos, las cuales no deberán
estar por debajo de su cuerpo (no olvidarse del control visual de
las manos), sino en forma separada del mismo y lo más
lejos del cuerpo.

– Indicarle que extienda los brazos a la altura de
los hombros (en forma de cruz) colocando las palmas de las manos
opuestas al piso y que cruce un pie sobre el otro, flexionando
ambas piernas hacia sus glúteos.

– Una vez que el infractor está en esa
posición, el efectivo policial de seguridad se
desplazará desarrollando una abertura del cono, que le
permitirá efectuar un contacto visual con el intervenido
en línea con la ubicación de su cabeza, para lo
cual el efectivo policial de contacto deberá indicarle que
gire la cabeza en esa dirección.

– El efectivo policial de seguridad en esta
posición debe verbalizar para obtener información y
no permitir que el intervenido se concentre en planificar una
respuesta violenta contra la acción del efectivo policial
de contacto.

– El efectivo policial de contacto enfunda su
arma, toma sus grilletes y se desplaza hacia el infractor,
adoptando una posición segura, cómoda y flexible,
permitiendo que el lado donde lleva su arma no esté al
alcance del infractor. Luego coloca su pie izquierdo entre las
rodillas del infractor y con su rodilla ejerce leve
presión sobre los pies del infractor, minimizando la
posibilidad de reacción y procediendo a colocarle las
esposas.

– Colocadas las esposas se procederá al
registro minucioso del infractor.

– Para levantar al infractor, se le
indicará previamente que se procederá a sentarlo
con nuestra ayuda, para ello cruzará una pierna sobre la
otra y cogiéndolo de los hombros lo ayudamos a
sentarse.

– Luego se le indica que recoja ambas piernas
hacia adelante, flexionándolas y cruzándolas. El
efectivo policial separa sus piernas colocando su hombro y brazo
izquierdo en contacto con la espalda del intervenido,
seguidamente tomándolo por los codos y en una sola
acción se le apoya e impulsa para levantarlo.

– La conducción del infractor se
hará de acuerdo a los lineamientos establecidos en las
otras posiciones.

– Si durante estos procedimientos el intervenido
se torna violento, el efectivo policial de contacto se alejara
rápidamente de él, retornando a su área de
seguridad empuñando su arma, y reiniciando la
verbalización para retomar el procedimiento.

EL CONFLICTO A. Concepto. El conflicto es una
forma de conducta competitiva entre personas o grupos.

Ocurre cuando dos o más personas compiten sobre
objetivos o recursos limitados percibidos como incompatibles o
realmente incompatibles.

Es una situación social en la cual un
mínimo de dos partes pugna al mismo tiempo para obtener el
mismo conjunto de recursos escasos. Es una lucha expresada entre,
al menos, dos personas o grupos interdependientes, que perciben
objetivos incompatibles, recompensas escasas, e interferencias
del otro en realizar sus metas.

Se puede decir que el conflicto es una situación
en la que un actor (una persona, una comunidad, un estado, etc)
se encuentra en oposición consciente con otro actor (del
mismo o diferente rango), a partir del momento en que persiguen
objetivos incompatibles (o estos son percibidos como tales), lo
que les conduce a una oposición, enfrentamiento o
lucha.

Es la oposición entre grupos e individuos por la
posesión de bienes escasos o la realización de
valores mutuamente incompatibles.

La palabra "conflicto" tiene una
connotación negativa. A menudo se piensa que es lo opuesto
a la cooperación y la paz, y frecuentemente se le asocia
con la violencia o la amenaza de violencia.

Esta visión sobre el conflicto no siempre resulta
útil. En muchos escenarios debería considerarse
como una fuerza que puede generar un cambio social positivo: su
presencia es una demostración clara de que la sociedad se
está adaptando a un nuevo entorno político,
económico o físico y que esta adaptación
muestra resistencia, lo cual definitivamente se va a dejar notar
a través de las conocidas marchas, huelgas, etc. en
general disturbios a causa de algún conflicto.

La introducción de nuevas tecnologías, la
comercialización de los recursos comunes, la
privatización de los servicios públicos, el aumento
del consumismo, las nuevas políticas gubernamentales y el
decaimiento general de los términos de intercambio para
los productos agrícolas, son factores que ejercen una
presión para el cambio sobre los individuos y los grupos
comunitarios. Los conflictos que surgen de estas alteraciones del
entorno no se pueden evitar o eliminar.

Los conflictos si no se manejan a tiempo y debidamente,
definitivamente van a originar disturbios en la sociedad
(alteración de la paz y la concordia).

Es aquí en donde entra a tallar la Policía
Nacional del Perú, con una ardua tarea de vigilancia,
control, prevención, persuasión, etc. puesto que no
solamente los disturbios se pueden originar de problemas o
conflictos planeados, sino también de aquellos que se
originan al instante y al efectivo policial lo puede sorprender
en el servicio de calle o patrullaje a pie.

B. Clases de Conflictos Básicamente hay
dos tipos de conflicto en las organizaciones, los que afectan el
rendimiento negativamente y los que lo hacen de manera
positiva.

1. Conflicto funcional: Es una
confrontación entre grupos que resulta positiva para el
rendimiento de la organización. Por, ejemplo, el que se
produce entre departamentos con respecto a la forma más
eficaz de prestar un servicio. Si en las organizaciones no se
produjeran conflictos de este tipo, habría pocos motivos
para introducir cambios. De allí que podamos considerar al
conflicto como "tensión creativa".

2. Conflicto disfuncional: Es cualquier
confrontación o interacción entre grupos que
perjudica a la organización o impide que ésta
alcance sus objetivos. La dirección debe tratar de
eliminar conflictos de este tipo.

Un conflicto beneficioso se transforma a menudo en
perjudicial. En la mayor parte de los casos es imposible
identificar con precisión el momento en que un conflicto
funcional se convierte en disfuncional.

Un nivel idéntico de tensiones y conflictos, que
da lugar a que un grupo avance en forma saludable y positiva
hacia sus objetivos, puede resultar perturbador y disfuncional en
otro grupo (o incluso en el mismo grupo en otro momento). La
tolerancia de un grupo con respecto a las tensiones y conflictos
también puede depender del tipo de
organización.

C. Causas más comunes de los conflictos.
1. Interdependencia laboral. Se produce cuando dos o
más grupos de una organización dependen unos de
otros para realizar su trabajo. En estos casos, las posibilidades
de que surjan conflictos son muy elevadas.

2. Interdependencia combinada. No requiere
interacción alguna entre grupos, ya que cada uno
actúa independientemente. No obstante, el rendimiento
combinado de todos es lo que decide el éxito de la
organización. La posibilidad de conflictos es
relativamente escasa. Interdependencia secuencial: exige que un
grupo finalice un trabajo para que otro pueda hacer lo
mismo.

En estas circunstancias, cuando el producto final de un
grupo es el insumo de otro, hay mayores posibilidades de que
surja un conflicto. Interdependencia recíproca: requiere
que el producto final de cada grupo sirva de insumo para otros
grupos de la misma organización. Las posibilidades e que
surjan conflictos son elevadas.

Cuanto más compleja sea la organización,
mayores serán las posibilidades de conflicto y más
difícil será la tarea que debe realizar la
dirección.

3. Diferentes objetivos. A medida que las
diferentes unidades de una organización van
especializándose, sus objetivos se van distanciando. Esta
diferencia de objetivos se puede traducir en una diferencia de
expectativas entre los miembros de cada unidad. Dada la
diferencia entre objetivos y expectativas, cabría la
posibilidad de que se presenten conflictos.

4. Recursos limitados. A la hora de asignar
recursos limitados, la dependencia mutua aumenta y cualquier
diferencia de objetivos se hace más clara. Todos los
grupos pretenden reducir las presiones a que están
sometidos logrando controlar el suministro de recursos
básicos y recudiendo la incertidumbre en cuanto a su
obtención. Cuando los recursos son limitados, se establece
una competencia que puede traducirse en un conflicto disfuncional
si los grupos se niegan a colaborar.

5. Estructuras retributivas. Cuando el sistema
retributivo está vinculado al rendimiento del grupo
más que al de la totalidad de la organización, las
posibilidades de conflictos aumentan, aún más
cuando un grupo es el principal responsable de la
asignación de retribuciones. (recompensa o pago) 6.
Diferencias de percepción.
Cualquier desacuerdo sobre
lo que constituye la realidad puede concluir en un conflicto:
Diferentes objetivos: Las diferencias de objetivos entre grupos
contribuyen claramente a que existan diferencias de
percepción en los mismos.

Diferentes horizontes temporales: las fechas tope
influyen sobre las prioridades y la importancia que los grupos
asignan a sus distintas actividades Posiciones incongruentes: los
conflictos suscitados por la posición relativa de los
distintos grupos son habituales e influyen en sus
perspectivas.

Percepciones inexactas: lleva a que un grupo cree
estereotipos con respecto a los demás. Cuando se insiste
en las diferencias entre grupos, se refuerzan los estereotipos,
se deterioran las relaciones y aparecen los
conflictos.

7. Creciente demanda de especialistas. Los
conflictos entre especialistas y generalistas son, con toda
probabilidad, los más frecuentes entre grupos. Lo cierto
es que especialistas y generalistas se ven y ven a sus
respectivos papeles desde perspectivas diferentes. Al aumentar la
necesidad de capacitación técnica en todas las
áreas de la organización, cabe esperar que se
incremente el número de especialistas y que este tipo de
conflictos continúe en aumento.

D. Clasificación de las opciones en el Manejo
de Conflictos.
1. Fuerza: negociaciones de
confrontación; canales legales; algunos sistemas
electorales; medios de comunicación masiva para conseguir
el apoyo popular; protestas públicas; amenazas de
retirada; grupos de presión.

2. Retirada: evasión; abandono; despliegue
de tácticas de demora; postergación de la
decisión; boicot temporal; huelgas.

3. Adaptación: mantener las relaciones;
cultivar la "buena voluntad".

4. Compromiso: arbitraje; análisis
costo-beneficio; compensaciones.

5. Consenso: negociación directa basada en
el consenso (sin facilidades); negociaciones mediadas/facilitadas
por terceros.

E. Análisis de los conflictos. Lo
primordial para tratar a los conflictos cualesquiera fuera su
causa es en primer lugar conocer sobre el mismo, evaluarlo y
poder plantear alternativas de solución.

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